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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323917
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 2680
ACTO RECLAMADO, JUSTIFICACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 2680
Es obligación de las autoridades responsables, para que sus actos no sean declarados violatorios de garantías individuales, justificar plenamente la legalidad de ellos, lo cual significa la necesidad de probar que se cumplieron para dictarlos, los requisitos de los artículos 14 y 16 constitucionales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 9923/42. Zulaica Guadalupe. 7 de febrero de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gabino Fraga. La publicación no menciona el nombre del ponente.