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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323933
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 2926
PRUEBAS EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 2926
No le corresponde al Juez Federal establecer si la prueba o pruebas omitidas por el Tribunal Fiscal, al valorizar los elementos de confesión aportados al juicio de nulidad, tienen, o no, relación con los hechos controvertidos, pues de hacerlo, se sustituiría indebidamente en las funciones de la autoridad responsable. Esta tesis admitiría una excepción en el caso de que las pruebas que se dejaron de apreciar, notoria e indiscutiblemente no estuvieran relacionadas con la controversia suscitada.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8277/43. "Manuel de la Fuente e Hijo". 9 de febrero de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Relator: Gabino Fraga.