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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323940
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 3049
INFORME JUSTIFICADO A NOMBRE DE AUTORIDADES INFERIORES DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 3049
Si por los jefes de las Oficinas de Licencias y de Reglamentos y por el oficial mayor, rinde informe el secretario general del Departamento del Distrito Federal, debe decirse que lo hace sin capacidad para el efecto, pues no tiene la representación legal de esas autoridades inferiores.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5265/43. Reyes Martínez Pedro. 10 de febrero de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.