Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/323969
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323969
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 3574
COPIAS DEL ESCRITO DE REVISION, FORMA DE EXHIBIRLAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 3574
Si habiendo sido requerido el recurrente, mediante notificación personal que se hizo al designado para oÍr notificaciones, para que dentro de tres días exhibiera una copia faltante del escrito de revisión, y esa copia se recibió oportunamente en el Juzgado de Distrito, es claro que se satisfizo cumplidamente el requerimiento, y el propósito y finalidad de la ley, cualquiera que haya sido el medio de que se valiera el interesado para hacer llegar a tiempo dicha copia, por lo que resulta infundado el auto del inferior que tuvo por no presentada esa copia faltante del escrito de revisión, por haberla exhibido con un escrito, el designado para oír notificaciones, quien carece de facultades legales para hacer promociones en esa forma, conforme a la ley.
Precedentes
Queja en amparo administrativo 617/43. Braun Ortega Fernando. 17 de febrero de 1944. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alfonso Francisco Ramírez.