Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/324000
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
324000
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 3975

ENERGIA ELECTRICA, INDEMNIZACION POR CONSUMO INDEBIDO DE.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 3975

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 6277/43. Alvarez Navarro Pablo. 23 de febrero de 1944. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Octavio Mendoza González no intervino en la resolución del negocio, por las razones que constan en el acta del día. Relator: Gabino Fraga.
Registro digital (IUS): 324000