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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324037
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 4755
AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, CONCURRENCIA A LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 4755
Si el recurrente, en sus oscuros agravios, tal parece que al referirse a la supuesta violación del artículo 149 de la Ley de Amparo, indica que el precepto en cuestión impone a las partes la obligación de que comparezcan a la audiencia constitucional, cabe precisar que tal obligación de ningún modo la establece la norma de referencia.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 9318/43. "Unión Abastecedora de Carnes de Res". S.C.L. 3 de marzo de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.