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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324070
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 5471
BIENES NACIONALES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 5471
Si la autoridad responsable confiesa haber requerido al quejoso para que desalojara un terreno ubicado en una propiedad nacional, fundándose en que se había hecho una traslación de dominio de ese terreno y que la misma había sido aprobada por la Dirección General de Bienes Nacionales, y la misma autoridad responsable reconoce la posesión que tiene el quejoso respecto del terreno en cuestión, debe decirse que las autoridades administrativas carecen de facultades para privar a los particulares de sus posesiones o derechos, sin previa audiencia, en al que se les dé una oportunidad para hacer la defensa de sus intereses, pues de lo contrario se violan en su perjuicio las garantías de los artículos 14 y 16 constitucionales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7778/43. Govea Villela Miguel. 15 de marzo de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. Relator: Gabino Fraga.