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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324102
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 6104
CLAUSURA DE ESTABLECIMIENTOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 6104
Si contra las manifestaciones categóricas del jefe del Departamento de Salubridad Pública responsable, en el sentido de que no ha dictado orden de clausura del comercio del quejoso, sólo existe copia simple de un acta levantada por un inspector que no ha sido identificado, y que además, no fue el señalado como autoridad responsable, es claro que esa copia de ninguna manera puede acreditar la existencia del acto que se atribuye a dicho jefe, sino a lo sumo, que el aludido inspector, por propia autoridad y con fines que no pueden esclarecerse, amenazó al quejoso con la clausura de su establecimiento en el caso de que no propusiera responsable para su establecimiento de expendio de materias primas para perfumería.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2266/43. Lopecedeño García Angel. 24 de marzo de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.