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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324110
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 6440
PAN, MISCELANEAS CON VENTA DE, REVALIDACION DE LA LICENCIA PARA LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 6440
Si los actos reclamados consisten en la orden para que se levanten constantemente infracciones a la parte quejosa, para que se le clausure su miscelánea y en la negativa a que se le revalide la licencia que ampara ese comercio, y las responsables negaron categóricamente la existencia de los actos en la forma apuntada, sin que la aludida parte quejosa haya rendido prueba alguna en contrario, para desvirtuar tal negativa, es claro que el inferior no tenía por que ocuparse del estudio de las violaciones propuestas en la demanda, pues si bien es cierto que el jefe del departamento manifestó que si no se ha revalidado la licencia de la miscelánea se debe a que se encuentra en trámite, esta manifestación de ninguna manera puede interpretarse como una negativa para tal revalidación, máxime si se tiene en cuenta que dicho funcionario, en su informe, expresa que "una vez terminado ese tramite se resolverá lo conducente".
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 425/44. Elizalde viuda de Gambino Catalina. 28 de marzo de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.