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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324170
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 343
MULTAS POR INFRACCIONES FORESTALES, RECURSO CONTRA LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 343
Si los quejosos reclamaron en otro amparo la negativa del Departamento Forestal y de Caza y Pesca, para tramitar un recurso de reconsideración que habían interpuesto, y la ejecutoria dictada por esta suprema corte, en dicho juicio de garantías, confirmó la sentencia del inferior, que concedió el amparo, a fin de que se tramitara el recurso de reconsideración a que se contrae el artículo 136 del reglamento de la Ley Forestal, como los actos reclamados en el nuevo juicio de garantías están pendientes de la resolución que debe dictar el referido Departamento Forestal y de Caza y Pesca con motivo del indicado recurso de reconsideración, la que puede modificar, reformar o nulificar esos actos, procede confirmar el sobreseimiento dictado por el Juez de Distrito.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1486/43. Vaca Escutia Ventura y coag. 5 de octubre de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.