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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324207
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 1127
ACTO RECLAMADO, ATRIBUIDO A DIFERENTE AUTORIDAD DE LA REALMENTE RESPONSABLE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 1127
Si el quejoso señaló como autoridad responsable a la Tercera Sala del Tribunal Fiscal de la Federación y del informe rendido por ésta, aparece que no fue ella quien dictó la resolución recurrida, sino el Magistrado semanero, que es una autoridad distinta, debe tenerse por no comprobada la existencia de dicho acto reclamado, lo cual amerita sobreseer en el juicio de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3567/43. Compañía "Resinera de Sayula", S. A. 15 de octubre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gabino Fraga. Relator: Manuel Bartlett Bautista.