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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324229
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 1779
AGRAVIOS DE LAS AUTORIDADES RESPONSABLES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 1779
Si por vía de agravios, las autoridades recurrentes reproducen en términos casi literales los argumentos que esgrimieron en el informe con justificación que rindieron, sin que en realidad ataquen los razonamientos aducidos como fundamento en el fallo del inferior, debe concluirse que en realidad no existen agravios para la revisión, porque aquéllos argumentos no pueden servir de apoyo a los motivos de inconformidad que pudiera causar la sentencia recurrida, por ser estos posteriores a dicho informe.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5465/43. Fianzas "América", S. A. 25 de octubre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Manuel Bartlett no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.