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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324245
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 2162
SALUBRIDAD, FUNDAMENTO DEL ACTO RECLAMADO DE AUTORIDADES DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 2162
Aunque la visita de inspección se haya decretado a solicitud del quejoso, a fin de que se le concediera el visto bueno para la explotación de un establecimiento, de esto no se sigue que la orden para que se ajustaran determinadas obras, no tenga el carácter imperativo y menos que por esos antecedentes, la autoridad responsable haya quedado eximida de la obligación que tiene, de fundar en ley sus determinaciones.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6300/43. Hernández viuda de García Manuela. 29 de octubre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. La publicación no menciona el nombre del ponente.