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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324260
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 2337
VIAS GENERALES DE COMUNICACION, OCUPACION DE PROPIEDADES PARTICULARES PARA CONSTRUIR AQUELLAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 2337
No basta que las autoridades responsables consideren que existe una causa de utilidad pública y que están dispuestas a cubrir el importe de los bienes afectados, para ocupar propiedades de los particulares, con objeto de construir vías generales de comunicación, sino que es necesario, de acuerdo con el capítulo IV de la Ley de Vías Generales de Comunicación, que se instaure el procedimiento de expropiación y se dicte la resolución expropiatoria correspondiente, motivada y fundada legalmente.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4260/43. Pérez Luis F. 3 de noviembre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.