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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324261
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 2349
ACTOS DE AUTORIDAD, FUNDAMENTO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 2349
El artículo 16 de la Constitución Federal exige, que en todo acto de autoridad, se funde y motive la causa legal del procedimiento; que para cumplir con este mandamiento, deben satisfacerse dos clases de requisitos, unos de forma y otros de fondo, y que el elemento formal queda surtido únicamente cuando en el acuerdo, orden o resolución se expresan los motivos y se cita las disposiciones legales del caso.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4013/43. Domínguez Francisco C. y coags. 3 de noviembre de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.