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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
324291
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 3062

EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 3062

Precedentes

Queja en amparo administrativo 576/43. Compañía Minera Luz de Borda, S. A. 11 de noviembre de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Franco Carreño. Quinta Epoca: Tomo LXXIII, página 8466. Indice Alfabético. Queja 621/41. Sánchez Saldaña Ernestina. 27 de julio de 1942. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez. Tomo LXXIII, página 2033. Queja en amparo administrativo 270/42. Macotela Consuelo y coagraviada. 23 de julio de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator Octavio Mendoza González. Tomo LXXII, página 6561. Queja en amparo administrativo 471/41. Droguería y Farmacia de Regina, S. A. 29 de junio de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Manuel Bartlett Bautista. Nota: En el Tomo LXXII, página 6561, esta tesis apareció bajo el rubro "SENTENCIAS DE AMPARO, EJECUCION DE LAS.".
Registro digital (IUS): 324291