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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324319
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 3633
BEBIDAS ALCOHOLICAS, AUMENTO DE CATEGORIA DE LOS EXPENDIOS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 3633
El artículo 5o. de la Ley del Impuesto sobre Expendios de Bebidas Alcohólicas, faculta al departamento correspondiente para fijar, en cualquier tiempo, cuando a su juicio lo ameriten las circunstancias, una calificación superior en categoría a la señalada por la junta calificadora, con sujeción a las causas que la misma regla señala, y si una de éstas sirvió de base para decretar el aumento de cuotización del establecimiento del quejoso, aun estando pendiente de resolución una inconformidad presentada por el causante, si las circunstancias legales lo ameritan, puede ordenarse el cambio de clasificación de su negocio, sin que ello entrañe violación de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5200/43. Pérez Méndez Luis. 22 de noviembre de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.