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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324336
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 4020
TRIBUNAL FISCAL, VALORIZACION DE LA PRUEBA PERICIAL POR EL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 4020
De acuerdo con la fracción I del artículo 201 del Código Fiscal de la Federación, si bien el legislador ha concedido a las Salas del Tribunal Fiscal, arbitrio suficiente para valorizar la prueba de peritos, dicha valorización debe fundarse con la expresión de las circunstancias y razones que tenga el juzgador para concederle tal o cual valor.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7709/42. Residuos de Henequén, S. de R. L. 26 de noviembre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gabino Fraga. Relator: Franco Carreño.