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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324340
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 4065
PRUEBAS EN EL AMPARO, ENVIADAS POR CORREO Y RECIBIDAS EXTEMPORANEAMENTE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 4065
Si el Juez de Distrito no tomó en consideración unas pruebas que se recibieron extemporáneamente, es claro que obró con arreglo a derecho, pues contrariamente a la afirmación del promovente, en el sentido de haber investigado que esas pruebas llegaron al juzgado antes de que se celebrara la audiencia, de las constancias de autos aparece lo contrario, y no obsta para llegar a esta conclusión, que el sobre en que las remitió ostente un sello del correo con determinada inscripción, ya que esto demostraría, en todo caso, la fecha y hora en que se recibió la pieza en esa oficina de correos, más no en el Juzgado de Distrito, pues consta que en este se recibió esa misma pieza, horas después, o sea, cuando ya se había celebrado la audiencia de derecho.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6322/43. Rosas Guadalupe. 29 de noviembre de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.