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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324350
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 4411
ACTOS CONSUMADOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 4411
No puede tenerse por destruida la característica legal de hechos consumados, por la circunstancia invocada por el recurrente, en el sentido de que determinado informe no se ajusta a la verdad, pues para los efectos de la suspensión sólo debe tenerse presente si se está en presencia de actos ejecutados y no si ellos se encuentran arreglados a los fundamentos del acto.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 7502/43. Nájera Luis. 2 de diciembre de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.