Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/324364
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324364
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 61
MULTAS POR INFRACCION A LA LEY FORESTAL, EJECUCION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 61
Si no se reclaman vicios propios de la ejecución de una multa por infracción a la Ley Forestal, y solamente se estima como inconstitucional, por serlo, según la parte afectada, dicha multa, no procediendo el amparo contra ella, no hay materia para el estudio de la inconstitucionalidad de los mencionados actos de ejecución.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2755/43. Reyes H. Miguel. 1o. de julio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gabino Fraga. La publicación no menciona el nombre del ponente.