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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324367
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 76
COPIAS SIMPLES, VALOR DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 76
No habiendo aportado el quejoso al juicio de amparo, pruebas adecuadas para justificar la existencia de sus derechos, y el acto reclamado, consistente en la cancelación de permisos, fue dictado contra terceros, no le afecta en sus intereses jurídicos, siendo infundados los agravios sobre que demostró sus derechos, con los documentos que acompañó a su demanda, que dice tuvo a la vista el inferior por obrar en el incidente de suspensión respectivo; si el referido quejoso no acompañó tales documentos, sino tan sólo copias simples, las que, por tanto, no hacen fe en el juicio.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 9522/42. Escudero José F. 1o. de julio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gabino Fraga. La publicación no menciona el nombre del ponente.