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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324394
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 536
ACTOS RECLAMADOS, AUNQUE SE FUNDEN EN DISPOSICIONES LEGALES CONSTITUCIONALES, PUEDEN DAR LUGAR AL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 536
Aunque las disposiciones legales que funden los actos reclamados sean constitucionales, no por ello el amparo es improcedente, si lo que se sostiene es que la interpretación que les da, entraña violación de garantías individuales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2860/42. Escuela Libre de Homeopatía de México. 5 de julio de 1943. Mayoría de tres votos. Disidentes: Alfonso Francisco Ramírez y Franco Carreño. Relator: Alfonso Francisco Ramírez. Engrose: Manuel Bartlett Bautista.