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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324407
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 698
TRIBUNAL FISCAL, PRUEBAS ANTE EL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 698
No basta que el quejoso haya anunciado sus pruebas en el escrito de demanda, para que la respectiva Sala del Tribunal Fiscal, esté obligada a evacuarlas, solicitándolas de las autoridades en cuyo poder estaban, o señalando día y hora para la recepción de la prueba testimonial.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2321/43. Ajuria Ahumada Miguel. 6 de julio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.