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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324476
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 2354
ACTAS DE VISITA A COMERCIANTES, VALOR DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 2354
Aunque el acta de visita practicada al quejoso, por el agente de la Secretaría de la Economía Nacional, en la que se asienta que expendía azúcar granulada a un precio mayor del autorizado, es un documento público, su contenido es objetable, de modo que su fuerza probatoria depende del resultado de la demostración de las objeciones que se le hagan, y la única forma de desvirtuar los hechos afirmados en ella, es mediante las pruebas testimonial y documental, ya que esa acta no obra como una constancia existente en algún archivo público, sino que se basa en hechos de la apreciación del agente.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7951/41. Rodríguez Restituto. 23 de julio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. La publicación no menciona el nombre del ponente.