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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324489
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 2661
PRUEBAS EN EL AMPARO, SI SE DESECHAN DEBE OCURRIRSE EN QUEJA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 2661
Si se desecha la prueba de actuaciones judiciales que ofreció el quejoso, y que consiste en todo el incidente de suspensión correspondiente a su amparo, contra tal acto no debe interponerse el recurso de revisión, sino el de queja.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6816/42. Pastrana Jaimes David. 27 de julio de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Manuel Bartlett Bautista. La publicación no menciona el nombre del ponente.