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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324509
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 2879
COMPETENCIA EN AMPARO, CUANDO SE NIEGA EL ACTO POR LA AUTORIDAD RESPONSABLE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 2879
Si en el informe previo se han negado los actos reclamados, y ha surgido un conflicto jurisdiccional entre dos o más Jueces de Distrito, la competencia debe resolverse en favor del Juez en cuya jurisdicción resida la autoridad ejecutora del acto que se reclama.
Precedentes
Competencia 51/43. Suscitada entre los Jueces de Distrito, Primero en Materia Administrativa, en el Distrito Federal, y Segundo en el Estado de Jalisco. 29 de julio de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio Mendoza González.