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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324531
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 3368
PRUEBA PERICIAL EN EL AMPARO, RECEPCION DE LOS DICTAMENES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 3368
Si el actuario del Juzgado de Distrito recibió los dictámenes de unos peritos, con ello infringió el artículo 151 de la Ley de Amparo, al privarse a las partes del derecho a formular preguntas a tales peritos, a más del vicio de haberse recibido esos dictámenes, sin formalidad alguna y sin competencia ni ratificación.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3695/43. Durán viuda de Almeida Estela. 5 de agosto de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. La publicación no menciona el nombre del ponente.