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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324555
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 3784
AMPARO EXTEMPORANEO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 3784
Si el quejoso tuvo conocimiento de los actos en determinada fecha, y durante el término de quince días que la ley fija para promover el amparo, se interpusieron algunos domingos y otros días en que el juzgado respectivo suspendió sus labores y no recibió correspondencia su oficialía de partes, deben descontarse esos días, para considerar si el amparo fue promovido fuera de tiempo.
Precedentes
Amparos administrativos acumulados en revisión 2534/43. Formoso Joaquín, Jr., y la Cía. de Fianzas "América". 11 de agosto de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. Relator: Gabino Fraga.