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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324575
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 4235
ACTO RECLAMADO, DEBE DEMOSTRARSE SU INCONSTITUCIONALIDAD.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 4235
La prueba de la existencia de un acto de autoridad, no significa que éste sea contrario a la Constitución, siendo necesario que el quejoso demuestre el vicio legal del propio acto, para que se le otorgue el amparo de la Justicia Federal.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 614/43. Echenique Inda Pedro. 16 de agosto de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.