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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324601
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 4762
DERECHO DE PETICION.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 4762
La garantía consagrada en el artículo 8o. de la Constitución Federal, no exige precisamente que a las peticiones de los interesados, recaiga una resolución favorable.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1459/41. López Guerrero Emilio y coagraviado. 23 de agosto de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.