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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324618
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 5194
ACTO RECLAMADO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 5194
La circunstancia de que la parte quejosa, en la parte final de su demanda, hubiera equivocado el número del oficio en que se le comunicó la resolución o acuerdo que reclama, no implica que no hubiera señalado con precisión el acto reclamado, consistente en la citada resolución o acuerdo contenido en el mencionado oficio, que original exhibió.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 778/42. Angeles Marina. 27 de agosto de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.