Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/324636
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324636
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 5550
DEPARTAMENTO DE SALUBRIDAD PUBLICA, INFORME PREVIO A NOMBRE DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 5550
No es de tomarse en consideración el alegato en el sentido de que el inferior tomó en cuenta el informe que produjo el secretario del Departamento Jurídico de Salubridad Pública, por el jefe de esa dependencia, ya que dicho informe previo aparece rendido por el secretario general, pero por acuerdo del titular, en cuya virtud tenía validez plena.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 5300/43. Avila Delfino. 31 de agosto de 1943. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Franco Carreño, estuvo ausente durante la lectura y votación de este asunto. La publicación no menciona el nombre del ponente.