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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324651
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 5744
PRUEBA TESTIMONIAL Y PERICIAL EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 5744
Entre el anuncio de las pruebas testimonial y pericial, y la fecha señalada para la audiencia constitucional, deben mediar cinco días hábiles, naturales y completos, excluyendo del cómputo los días del anuncio y de la audiencia, de manera que si no median esos cinco días hábiles entre el anuncio y las pruebas y el fijado para la audiencia, por haber sido domingo uno de ellos, deben desecharse dichas pruebas, por su anuncio extemporáneo.
Precedentes
Queja en amparo administrativo 647/42. Sosa Teodoro. 2 septiembre de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio Mendoza González.