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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324657
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 5838
TIERRAS, RESOLUCIONES PRESIDENCIALES DE INAFECTABILIDAD DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 5838
Si los quejosos están gozando de la situación de inafectabilidad de sus tierras, mediante resolución dictada por el presidente de la República, que creó en favor de los mismos, el derecho de recuperar sus propiedades, tales derechos no pueden ser vulnerados por el Departamento Agrario, y menos aún, sin apoyo legal alguno, pues de existir, su aplicación tendría efecto retroactivo, al pretender regir una situación nacida y derivada de una resolución presidencial, pronunciada con anterioridad.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7722/43. Trápaga Romualdo S. y coagraviada. 3 de septiembre de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.