Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/324662
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324662
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 5864
MINAS, PERMISOS PROVISIONALES PARA HACER LOS TRABAJOS DE CATEO Y APROVECHAMIENTO DE LOS PRODUCTOS DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 5864
Si conforme al artículo 22 de la Ley Minera, el permiso otorgado al quejoso, tiene el carácter de provisional y sujeto a las condiciones de suspensión de los trabajos autorizados, siempre que, posteriormente al otorgamiento del permiso, se presentare en término alguna oposición, y si las responsables justificaron el otorgamiento de dicho permiso, bajo la condición expresada, y dentro del término legal se formuló la oposición, es claro que han podido ordenar la suspensión del funcionamiento de la autorización otorgada al quejoso, por surtirse la condición impuesta, tanto por la ley, como por el permiso mismo, además, la suspensión de que se trata, está sujeta el procedimiento de oposición correspondiente, y no se requiere, para justificar tal acto, otro procedimiento que la oposición, y si éste es o no justo o procedente, es cuestión que deberá resolverse en el incidente de oposición.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 531/43. Alemán Alfonso M. 3 de septiembre de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.