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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
324664
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 5877

EJIDATARIOS, CONSENTIMIENTO DE LAS RESOLUCIONES PRESIDENCIALES CON RELACION A LOS.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 5877

Precedentes

Tomo LXXVII, página 7637. Indice Alfabético. Amparo en revisión 761/41. Escobedo Cano Francisca. 8 de septiembre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. Relator: Gabino Fraga. Tomo LXXVII, página 5877. Amparo administrativo en revisión 2650/41. Martí y Cabrera José y coagraviados. 3 de septiembre de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio Mendoza González. Tomo LXXVII, página 7637. Indice Alfabético. Amparo en revisión 1952/41. Amezcua de Niz Elena. 3 de septiembre de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio Mendoza González.
Registro digital (IUS): 324664