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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324676
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 6006
REVISION.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 6006
Para que prospere el recurso de revisión, se requiere que se objeten todos y cada uno de los fundamentos y razones en que se funda la sentencia de primera instancia, y si en los agravios se tratan asuntos completamente ajenos a la cuestión planteada, deben declararse inoperantes.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8620/42. Gómez Palacio Francisco. 6 de septiembre de 1943. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Manuel Bartlett Bautista.