Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/324723
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324723
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 51
PEQUEÑA PROPIEDAD, IMPROCEDENCIA DEL AMPARO TRATANDOSE DE LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 51
La fracción XIV del artículo 27 de la Constitución Federal, excluye al Poder Judicial del conocimiento de toda controversia que pudiera suscitarse contra las resoluciones presidenciales dotatorias y restitutorias de tierras y aguas, aun respecto de aquellas cuya inconstitucionalidad se hiciera derivar de la afectación de una pequeña propiedad agrícola.
Precedentes
Tomo LXXVI, página 7247. Indice Alfabético. Improcedencia 2441/43. Pohlenz Otto. 19 de abril de 1943. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXXVI, página 51. Amparo administrativo en revisión 1162/42. "Ad Giesemarny Compañía". 1o. de abril de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.