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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324748
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 488
VIGILANTES ADUANALES, SON RESPONSABLES DE LAS MERCANCIAS QUE RESGUARDEN.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 488
Si habiendo estado de turno el quejoso, durante él se consumaron unos robos en el Almacén Fiscal de la Aduana respectiva, es claro que siendo vigilante oficial de las mercancías guardadas en dicho almacén y, siendo su misión precisamente la vigilancia y resguardo de dichos efectos, bajo su responsabilidad, no resulta fundada la sentencia del inferior en el sentido de que no quedaron probados dichos extremos de responsabilidad del quejoso, ya que de las constancias de autos, aparece precisamente lo contrario, siendo por tanto, de revocarse su fallo, para negar la protección federal al indicado quejoso.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 346/43. Rosas Avilés José María.- 6 de abril de 1943.- Unanimidad de 4 votos. Ponente: Manuel Bartlet B.