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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324752
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 587
SUSPENSION, ACTUACIONES EN LA, COMO PRUEBA EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 587
Si el quejoso dice que quedó comprobada la orden de reapertura de su restaurante, con pruebas presentadas en el incidente de suspensión, pero en el juicio principal no obran tales pruebas, y además, dicho quejoso no solicitó copia certificada de las mismas, para ofrecerla en la audiencia celebrada en el juicio principal, las pruebas no existen.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 10419/42. García González Jorge.- 7 de abril de 1943.- Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Relator: Gabino Fraga.