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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324780
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 883
PAN, RECURSO QUE DEBE AGOTARSE PREVIAMENTE AL AMPARO CONTRA LAS MULTAS IMPUESTAS CON MOTIVO DEL FUNCIONAMIENTO DE FABRICAS Y EXPENDIOS DE (LEGISLACION DEL DISTRITO FEDERAL).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 883
Antes de ocurrir en amparo contra las multas que se impongan por infracciones que se levanten con motivo del funcionamiento de fábricas y expendios de pan, puede obtenerse la revocación o modificación de esas sanciones, por medio del recurso ordinario establecido en el articulo 831 de la Ley de Hacienda del Distrito Federal, de 31 de diciembre de mil novecientos cuarenta y uno, que establece el recurso de revisión, que tiene por objeto conocer y resolver en la vía administrativa, las inconformidades presentadas por los causantes a las autoridades respectivas, en los cuatro casos que señala dicha disposición legal; y si no se hace uso del indicado medio de defensa, el juicio de garantías debe sobreseerse.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 467/43. Blancas Fernando. 8 de abril de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Manuel Bartlet Bautista.