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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324782
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 926
ACTOS RECLAMADOS, NEGACION DE LOS, POR LAS AUTORIDADES SEÑALADAS COMO RESPONSABLES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 926
Si las autoridades responsables negaron categóricamente la existencia de los actos reclamados, no pueden tenerse como acreditados, si las pruebas rendidas por el quejoso, sólo acreditan que en cierta noche algunas personas desconocidas precedieron a destruir el puesto en que se hacen rifas de objetos de loza y de cristal corriente, y no que dichas personas hayan obrado en acatamiento de órdenes recibidas de las autoridades señaladas como responsables. Así como tampoco se desprende de la inspección ocular practicada por el actuario del juzgado, que en un puesto semidestruido, cuya ubicación no se señala, se encontraban dos policías uniformados pertenecientes a cierta comandancia, porque de ninguna manera se puede tener por cierto, que por órdenes de las indicadas responsables, estuvieran vigilando que el quejoso no procediera a la reconstrucción del mencionado puesto.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 484/43. Carrillo Gallardo Manuel.- 9 de abril de 1943.- Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.