Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/324785
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324785
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 933
PULQUERIAS, CLAUSURA DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 933
No es exacto que no exista la orden de clausura del expendio de pulques del quejoso, pues aunque éste lo denomina en su demanda con un nombre distinto al que lo designan las autoridades responsables, debe tenerse en cuenta que en el informe respectivo se afirma categóricamente que el establecimiento pertenece al indicado quejoso, como lo afirma además el acta de clausura, levantada en el local respectivo, ubicado en el mismo lugar del señalado en la demanda esto es, se deduce que se trata de un mismo negocio, en que la orden de clausura afecta los intereses jurídicos de la parte quejosa; pero en el caso debe negarse la protección federal, ya que tal orden de clausura encuentra su fundamento en el hecho de que el quejoso carece de la licencia correspondiente.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 542/43. Romero H. Fernando.- 9 de abril de 1943.- Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.