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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324790
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 971
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, REVISION A NOMBRE DEL, POR UN DEPARTAMENTO AUTONOMO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 971
Solamente los secretarios de Estado, pueden interponer el recurso de revisión a nombre del presidente de la República, y como los jefes de los Departamentos Autónomos no gozan de esa facultad el que interponga el jefe del Departamento de Salubridad Pública, a nombre del jefe del Ejecutivo, no obstante que esté lo faculte expresamente para ello, debe desecharse.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 534/43. Bonilla Cortés Rodolfo A. y coagraviados.- 9 de abril de 1943.- Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio Mendoza González.