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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324882
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 2526
IMPUESTO SOBRE LA RENTA, CALIFICACIONES ESTIMATIVAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 2526
Si bien conforme al artículo 1295 del Código de Comercio, los libros de los comerciantes prueban contra ellos, conforme a la fracción II del propio artículo, si en los asientos de los libros de dos comerciantes, no hubiere conformidad y los de uno se hubieren llevado con todas las formalidades y los del otro adolecieran de cualquier defecto, los asientos de los libros en regla harán fe contra los defectuosos, si no se demuestra lo contrario; por medio de pruebas distintas. Ahora bien, si existen asientos en la contabilidad de una negociación, de haber expedido facturas de venta a la quejosa, y no los correlativos en los libros de ésta, no habiendo la misma impugnado dichos asientos, ni habiéndolos desvirtuado mediante pruebas distintas, es claro que hacen fe contra ella y habiéndose demostrado que la contabilidad de la quejosa, adoleció de irregularidades que hicieron factible la estimación calificativa, que impugnó, es claro que no se infringió por inexacta aplicación el artículo 41 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, ya que con arreglo a esta disposición, la calificación estimativa procede, entre otros casos, cuando el causante no demuestre, con su contabilidad, los datos discutibles, y en el caso, no comprobó haber hecho los asientos de facturas relativas a compraventas.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5290/42. Salvador Muriel y Cía.- 30 de abril de 1943.- Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gabino Fraga. La publicación no menciona el nombre del ponente.