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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324890
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 2679
AGUAS, NEGATIVA DE LA CONCESION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 2679
Si se suspendió la tramitación de la solicitud de concesión de aguas, para los efectos de la suspensión contra tal acto, no puede decirse que se trate de un acto de tracto sucesivo, supuesto que debe entenderse como tal, el que requiere una acción contínua o periódica de la autoridad o prescrita por la ley, para que estén produciendose los efectos que le corresponden, lo que no sucede tratándose de la negativa de la autoridad para continuar el procedimiento relativo, ya que una vez que se dictó, no necesita de nueva intervención de la responsable ni de la concurrencia de algún requisito legal.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 989/43. Compañía Jabonera de Lourdes, S. R. L. 3 de mayo de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: manuel Bartlet B. La publicación no menciona el nombre del ponente.