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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324923
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 3079
TESTIGOS, PRUEBA DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 3079
Si la prueba testimonial se rindió con el fin de acreditar que se tiene la posesión desde hace más de veinte años, una diligencia judicial de entrega de la posesión, merece mayor valor probatorio que el dicho de testigos, de tal manera que si está probado que la autoridad judicial puso al tercero perjudicado en posesión de un predio, es inconcuso que la prueba de testigos tendrían valor, si hubiesen declarado que con posterioridad a esa diligencia, se había recuperado la posesión que se había perdido con motivo de esa misma diligencia.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7989/42. Comisariado Ejidal de San Sebastián Chimalpa. 7 de mayo de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Relator: Gabino Fraga.