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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324931
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 3123
REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD, RECURSO ORDINARIO CONTRA LAS INSCRIPCIONES EN EL (LEGISLACION DE COAHUILA).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 3123
No es cierto que el amparo sea improcedente contra la inscripción en el registro de una escritura basada en una información ad perpétuam, porque exista el medio ordinario de defensa especificado en los artículos 39 y siguientes del Reglamento del Registro Público de la Propiedad, pues tales disposiciones se refieren al caso de rectificación de una inscripción por 'error material o de concepto' y no al de nulidad o cancelación de los registros, y es indudable que si se inscribiera el título de la tercera perjudicada, el quejoso no podría obtener la anulación o cancelación de ese registro, mediante un procedimiento instituido para un fin diverso, esto es, para obtener la rectificación de las inscripciones que contengan algún error material o de concepto, como dice el artículo 39.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 10082/42. Rosa Julio de la.- 7 de mayo de 1943.- Unanimidad de cinco votos. Relator: Gabino Fraga.