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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 324975
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 4644
MONEDA EXTRANJERA, CONVERSION A LA NACIONAL, PARA LOS EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 4644
Para los efectos del artículo 1o. del decreto de 30 de junio de 1932, debe decirse que siendo el impuesto sobre la renta, de índole federal, y siendo evidente que para liquidarlo, se hace necesario determinar previamente la utilidad gravable sobre la cual se calculará lo que deba pagar el causante, en términos de la respectiva tarifa, necesariamente hay que convenir en que, para la conversión de moneda extranjera a la nacional, debe regir en ese cálculo, la equivalencia monetaria oficial y no la que rige en el mercado bancario, que como es natural, está sujeta a fluctuaciones constantes, debido a las alzas y bajas originadas por multitud de contingencias que hacen variar el tipo comercial, diariamente. Por esto, la Secretaría de Hacienda, tratando de estabilizar y unificar el cambio para sus transacciones oficiales, ha fijado un tipo de carácter oficial también, que rige por periodos mensuales y al cual deberán sujetarse las operaciones relativas a pagos de impuestos federales, causados dentro del territorio nacional.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6994/42. E. Graeser S. en C. 14 de junio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Gabino Fraga no votó por las razones que constan en el acta del día. la publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo LXIX, página 3073. Amparo administrativo en revisión 954/40. E. Graeser, S. en C. 26 de agosto de 1941. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Manuel Bartlett Bautista no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día.